, ‘MARA DE DIPUTADOS CAMARA DE DIPUTAD (‘SA DE LA PROVINCIA DE SANT FE MESA DE MOWMENTO l 13 ocïíóïs | ' ') Recibido ......... .............. "Hs. a PROYECTOQDE DECLARACIÓN La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe declara su beneplácito con Ia reciente sentencia emitida por el Juzgado de Primera instancia en lo Penal de Sentencia Número 4 de Rosario, por la cual se condena por “Abuso sexual agravado” a dos ex empleados de la Asociación Civil “Hogar de Protección al Huérfano”, que en el desempeño de funciones de guardadores, cometieron el atroz delito contra uno de los niños allí alojados. En dicho juicio, el Gobierno Provincial decidió constituirse como parte Querellante, a los fines de garantizar Esta semana conocimos Ia sentencia emitida por el Juzagdo de Primera los derechos del niño víctima, y lograr una sentencia JUSTA. mi” W FUNDAMENTOS \ Señor Presidente: Instancia en lo Penal de Sentencia Número 4 de Rosario, a través de Ia cual se condena por “Abuso sfiexual agravado” a dos ex empleados de la Asociación Civil “Hogar de Protección al Huérfano”. El proceso penal tuvo lugar a raíz de Ia existencia y denuncia de hechos ilícitos de ABUSO SEXUAL con acceso carnal contra un niño menor de edad queal momento del hecho, se encontraba alojado en el denominado Hogar de Protección al O y General López 3055 — (SSOOÜDCO) — Santa Fe — República Argentina CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Huérfano con domicilio en calle Laprida N° 2129, de la ciudad de Rosario. El alojamiento transcurría en el marco de una MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptada mediante Resolución administrativa por Ia Autoridad de Aplicación administrativa en la orbita de Ia Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia que depende del Ministerio de Desarrollo Social de Ia Provincia de Santa Fe, en los términos de la Ley Provincial N° 12.967. En consonancia con la doctrina de Protección Integral, el hecho delictivo perpetrado contra la integridad sexual del niño fue denunciado oportunamente, por parte de la Subsecretaría Provincial de los Derechos de la Niñez, para que se instruya penalmente. Por otra parte, el conocimiento de dicha vulneración de derechos fue uno de los motivos que dio a lugar la efectiva INTERVENCION ADMINISTRATIVA de la institución, en Agosto de 2011, en un hecho que es inédito tanto a nivel nacional como internacional. Además, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en su bocación de hallar JUSTICIA decidió constituirse como QUERELLANTE, interpretando que el delito ocurrido OFENDE, por un lado al Ente Rector del Sistema de protección de los Derechos de los ni- ños, al ser por lo menos uno de ellos violentarïd en su integridad psico-fisica, y por el otro AFECTA también los intereses del Estado Provincial en cuanto la existencia de convenio ju- rídico con la Institución detallada, donde trabajaban los dependientes imputados de los he- chos acaecidos y cuyo principal objetivo era el del cuidado integral de los niños dentro del marco de las Políticas gubernamentales que cumplimenta a través del plexo normativo inte- gral en materia de niñez. Por último, es importante destacar que los autores de los hechos fueron empleados de la Institución descripta con la cual la Provincia de Santa Fe, habia celebrado un convenio de alojamiento provisoria para con niños en situación de vulnerabilidad, dentro del marco defil Sistema de Protección Integral. A través del convenio la INSTITUCION mencionada, disponía en sus instalaciones, de plazas de alojamiento temporario para Niñas, Niños y Adolescentes en situación de vulnerabilidad a los efectos de brindarles atención integral, en los términos y condiciones acordados en ese instrumento jurídico, y que la cumplimentación de los mismos se debían hacer en consonancia a los Derechos y Garantías reconocidos por Ia Constitución de la Nación Argentina, Convención Internacional .1 General López 3055 — (SSOOODCO) - Santa Fe - República Argentina CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE de los Derechos del Niño; y Leyes Nacional y Provincial de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Por todo Io expuesto, es que solicito a mis pares de la Cámara de Diputados que me acompañen con el presente Proyecto de Declaración. u General López 3055 — (S3000DCO) — Santa Fe — República Argentina